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INTRODUCCIÓN:

La Cámara de Sedes de Empresas Multinacionales (en adelante la CASEM) representa y vela por los intereses de las empresas multinacionales incorporadas bajo los regímenes SEM y EMMA en Panamá.   La CASEM potencializa el aporte económico, social y tecnológico de dichas empresas dentro de un marco de responsabilidad social, valores y ética empresarial, y su actuación está incondicionalmente alineada a los valores y principios plasmados en este Código de Ética.

OBJETIVO:

Las normas de ética y conducta establecidas en este Código son elementos permanentes del modelo de gestión de la Cámara y son de carácter obligatorio para sus afiliados,  ejecutivos, directores,  consejeros, miembros de comités y comisiones, y colaboradores.

Servirán de orientación para:

(a) Determinar opciones de acción en caso de dudas, dilemas y conflictos éticos.

(b) Evaluar actitudes y conductas de quienes están obligados a cumplir este Código, tanto dentro como fuera de CASEM.

(c) Determinar la aplicación de sanciones a eventuales infracciones.

DECLARACION ORGANIZACIONAL:

Visión:  Ser el punto de encuentro para todas las empresas SEM y EMMA en Panamá, para potenciar sus fortalezas y encontrar nuevas oportunidades para sus miembros, a la vez que contribuimos en el desarrollo de un Panamá competitivo, generando impactos positivos tangibles y constantes para el país y sus habitantes.

Misión: Representar efectivamente los intereses de nuestros miembros y  proporcionarles  apoyo y recursos de valor agregado que potencialicen el éxito de sus respectivas operaciones  bajo los regímenes SEM y EMMA.

VALORES:

Liderazgo, Excelencia, Servicio, Impacto, Innovación, Ética

PRINCIPIOS:

Transparencia:  Operamos de manera transparente en todas nuestras gestiones y comunicaciones.

Integridad: Actuamos con integridad y de manera ética en todas nuestras actividades.

Imparcialidad: Nuestro proceso de toma de  decisiones  prioriza el interés colectivo de los miembros y no el de una industria o geografía en particular

Legalidad: Operamos con apego al marco legal y regulatorio.

Institucionalidad: Actuamos de manera independiente, sin estar sujetos a intereses políticos o particulares.

Valor Agregado: Proporcionamos servicios útiles y relevantes para nuestros miembros.

Colaboración:  Trabajamos de manera colaborativa con nuestros miembros y otros actores relevantes para lograr objetivos comunes.

OBLIGACIONES:

– Cumplir con las Leyes  de la República de Panamá y sus tratados internacionales en vigor,  incluyendo regulaciones para prevenir la corrupción, blanqueo de capitales,  financiamiento al terrorismo y la defraudación fiscal.

– Actuar con honestidad, integridad, credibilidad y transparencia en sus gestiones y comunicaciones; asimismo, fomentar y proyectar una cultura de integridad, transparencia y responsabilidad social.

– Actuar responsablemente, contribuyendo  positivamente al medio ambiente y a las comunidades donde operan.

– Evitar cualquier tipo de conductas colusorias, predatorias y de posiciones de abuso de poder con competidores.  Los miembros de la CASEM no deberán incurrir  en prácticas de competencia desleal, y en todo momento debe prevalecer la observancia de la ley, el respeto y la buena fe.

– Asegurar trato justo y equitativo a sus colaboradores, evitando discriminación y hostigamiento; asimismo, a implementar condiciones de salud y seguridad ocupacional efectivas.

– Actuar con prudencia, conscientes de que decisiones y actos basados en intereses individuales o de corto plazo pueden impactar negativamente los intereses colectivos representados por la CASEM, e incluso causar daño reputacional, tanto a la cámara como a su membresía.

– Actuar con criterio de equidad, para asegurar que las decisiones y soluciones sean adecuadas y consistentes, en las que primarán los intereses colectivos representados por la CASEM y evitar cualquier tipo de conflicto de intereses.

– Actuar con lealtad y solidaridad con otros miembros de CASEM.

– Tratar de manera justa, digna y respetuosa a otros miembros de CASEM y a sus colaboradores y directivos.

– Salvaguardar y hacer buen uso de toda información confidencial de la CASEM. Se considera información confidencial toda la relacionada con los miembros, planes de trabajo, metodologías, estrategias de mercado y toda aquella información que no sea pública y cuya divulgación no autorizada pueda afectar el desenvolvimiento de la CASEM.  

– Cumplir con la legislación aplicable en materia de Privacidad.

– Usar la marca (nombre y logo) de la CASEM únicamente previa autorización de la Dirección Ejecutiva y en los términos y condiciones establecidos por el Reglamento Interno de la CASEM.

– Actuar de manera honesta, integra y respetuosa en el manejo de opiniones, posiciones, información y decisiones en su actuación representando a la CASEM ante cualquier interlocutor público o privado.

– Evitar o manejar de manera adecuada cualquier conflicto de interés potencial, percibido o real, que atente contra el buen nombre, autonomía y capacidad de acción de la CASEM.  Los conflictos de intereses deben ser reportados a la Junta Directiva de CASEM y al Comité de Ética, quienes en conjunto evaluarán cada caso y definirán acciones pertinentes según corresponda.

COMITÉ DE ETICA:

El Comité de Ética estará compuesto por cinco miembros, los cuales serán designados de la siguiente manera:

  1. a) Un representante designado por la Junta Directiva.
  2. b) Líder del comité legal e impuestos.
  3. c) Líder del comité de comunicaciones.
  4. d) Líder del comité de manejo de crisis.
  5. e) La Dirección ejecutiva.

Los miembros del Comité de Ética serán nombrados por un período inicial de un año, con la posibilidad de renovar su mandato hasta por dos años consecutivos. En caso de que algún miembro del Comité de Ética sea objeto de la denuncia o conflicto ético, será excluido del comité. En su lugar, será designado el líder del comité de educación gremial.

El Comité de Ética actuará de manera independiente y estará facultado para investigar cualquier denuncia o infracción ética reportada, manteniendo la confidencialidad y protección de los involucrados en el proceso.

Todos los miembros de la CASEM están obligados a cooperar plenamente con el Comité de Ética y a cumplir con las decisiones y recomendaciones emitidas por este, en relación con los asuntos éticos.

Las responsabilidades del Comité son:

  1. Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos en este Código
  2. Disponer de mecanismos de comunicación anónima
  3. Brindar respuesta oportuna a dudas relativas a la aplicación de este Código
  4. Determinar acciones a tomar frente a posibles desviaciones a este Código
  5. Actualizar este Código conforme a las mejores prácticas del momento y someterlas a aprobación de la Junta Directiva. Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría simple.

PROCEDIMIENTO Y DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS:

Las desviaciones serán investigadas por el Comité de Ética procurando una resolución efectiva y oportuna, de acuerdo con los principios y valores que rigen a la CASEM. Toda la información que se reciba será tratada como estrictamente confidencial y podrá entregarse anónimamente.  No se  utilizará ningún mecanismo de amenaza o represalia que pueda evitar la utilización adecuada de este mecanismo de reporte y consulta.

Los reportes de posibles desviaciones a este Código deberán dirigirse al Comité de Ética al correo electrónico etica@casem.com. El reporte debe señalar el problema e invocar la contravención ética a este código. El Comité de Ética evaluará la denuncia recibida, indagará sobre los cargos, recabará la opinión del afectado y emitirá un veredicto ético fundado. Se seguirá un procedimiento de apelación en un período previamente determinado, en el cual el afectado podrá presentar  sus descargos y/o desacuerdos respecto de la fundamentación del veredicto del Comité de Ética. El Comité de Ética tendrá la obligación de levantar un acta del veredicto final y constará en acta de reunión de Junta Directiva. Los procedimientos de una evaluación ética no constituyen  una evaluación con efectos penales respecto de la conducta de algún asociado. Si hubiese consecuencias penales éstas  corresponden a procedimientos establecidos en la justicia ordinaria, no en este Código de Ética.

Lo aquí establecido  no reemplaza de ninguna manera el reporte de situaciones que los miembros deban hacer de acuerdo con los procedimientos internos y códigos de ética de sus respectivas organizaciones

RESERVAS DE DERECHO:

A fin de preservar su buena reputación y la de su membresía, directivos y colaboradores, la CASEM se reserva los siguientes derechos:

  1. a) A unilateralmente y sin necesidad de convocar al Comité de Ética, decidir a través de su Junta Directiva el no aceptar, no renovar, suspender o dar por terminado en cualquier momento la afiliación, contratos de patrocinio o de cualquier otra naturaleza, a entidades que estén siendo juzgadas a nivel nacional o internacional, y/o que hayan cometido flagrante violación al Estatuto de CASEM y/o este Código de Ética.
  2. b) A unilateralmente rechazar la admisión de nuevos miembros a la CASEM si no cumplen con los valores y principios establecidos en este código y con las leyes y regulaciones aplicables. La CASEM realizará la debida diligencia/screening al momento de aprobar o incluir nuevos miembros.

 PROMOCIÓN DEL CÓDIGO:

Es deber de los miembros de la Junta Directiva, Comité de Ética y todos los miembros que conforman la Cámara el conocer, aplicar y promover este Código, así como a participar activamente de sus actualizaciones.  

 

ACEPTACION:  Manifiesto conformidad, entendimiento y apego a los lineamientos y obligaciones de este Código de Ética.